lunes, 21 de septiembre de 2020

Derechos y Privilegios

"Me propongo investigar si dentro del radio del orden civil, y considerando los hombres tal cual ellos son y las leyes tal cual pueden ser, existe alguna fórmula de administración legítima y permanente. Trataré para ello de mantener en armonía constante, en este estudio, lo que el derecho permite con lo que el interés prescribe, a fin de que la justicia y la utilidad no resulten divorciadas.

Entro en materia sin demostrar la importancia de mi tema. Si se me preguntara si soy príncipe o legislador para escribir sobre política,contestaría que no, y que precisamente por no serlo lo hago: Si lo fuera, no perdería mi tiempo en decir lo que es necesario hacer; lo haría o guardaría silencio."

Jean-Jacques Rousseau, El Contrato Social.

Basado en la apertura de Rousseau, para su libro 'El Contrato Social' me propongo en esta entrada a hacer mi pequeña investigación personal con carácter de aprendizaje. Lo que plantearé en el transcurrir de los siguientes párrafos no será más que de carácter analítico y reflexívo.

¿En que momento empezamos a adquirir y a perder nuestros derechos? Es más... ¿Qué son los derechos?

Últimamente he tenido mucha disconformidad con los movimientos sociales y políticos que veo están tomando tintes ortodóxos y autoritarios. Ya que muchos agentes de la sociedad que tergiversan y tratan de ampliar sus derechos sin saber dentro de un marco lógico cuales son realemente sus derechos y no tienden a saber si los tienen o no. Ya que, por una especie de catársis a factores completamente irracionales debido a su propia ignorancia, pregonan y exigen privilegios disfrazados de derechos sin siquiera darse cuenta de que ya derechos tienen.

En base a esas inquietudes me he planteado el siguiente estudio para defnir ciertamente que son los derechos, cuales son nuestros deberes fundamentales como agentes de una sociedad para poder obtener nuestros derechos como individuos y cuales serían los privilegios que pondrían a ciertos individuos en un marco preferencial dentro de una sociedad en base a su acuerdo social.

Por ello, quisiera empezar el post en definir y conocer mejor lo que sería ese "pacto" ó "acuerdo social" del que predispone el nucleo de la sociedad desde el incio de sus individuos. A lo que me refiero con esto es a esa línea de enunciados ó acuerdos generales que conforman una especie de contrato social.

¿A qué me refiero con acuerdo social?

Cuando me refiero a esto, hablo de una serie de parámetros mínimos que tenemos presentes por costumbre en nuestra cultura, que marca los límites de lo que las personas debemos tener para poder interactuar o vivir en conjunto dentro de un grupo socia o comunidad para poder desenvolver un mínimo de actividades con libertad plena, hasta donde llegan estas libertades y que es lo que enmarcan.

Es el saber que puedo hacer ciertas dentro de un espectro de posibilidades que no atente contra valores, códigos o libertades y ciertas acciones de otras personas. Y saber que otras personas tampoco harán algo que atente contra mis libertades y valores fundamentales o códigos de vida.

Mantener ese mínimo de respeto, ese acuerdo tácito no-escrito para que todos los individuos de una sociedad puedan desenvolverse resulta ser de vital importancia para mantener el órden y procurar una harmonía que permita el desarrollo.

Con este acuerdo podríamos hablar también de los "derechos" de los que predispónen muchas personas dentro de sociedades democráticas en el que los sistemas judiciales pueden llegar a funcionar dentro de un cierto orden. Pero, ¿qué son los derechos? pues, la Real Academia Española define el derecho como el «conjunto de normas, principios, costumbres y concepciones jurisprudenciales y de la comunidad jurídica, de los que se derivan las normas de organización de la sociedad y de los poderes públicos, así como los derechos de los individuos y sus relaciones con aquellos.»

Basandome en esa breve y simplísta descripción, puedo definir el "acuerdo social" como el conjunto de derechos que la sociedad tienen presente y bajo los que se rige íntegramente para poder desarrollar sus actividades plenas, teniendo un respaldo jurídico que le permite resguardar su la integridad de sus acciones dentro de un marco social aceptable.

Tocaría indagar un poco más a fondo y preguntarse, ¿Tenemos todos los mismo derechos? ¿Este acuerdo social se cumple de igual forma para todos?

Pues, podríamos separar un tanto los derechos que existen, si bien tenemos noción de que existen los UDRH, los cuales son las disposiciones asentadas. Con treinta artículos que establecen una serie de derechos de carácter universal, los cuales se aplican a todos los individuos desde que nacen, sin ningún tipo de discriminación.

Los Derechos ciudadanos, los cuales son disposiciones descritas en la constitución de cada país y se garantizan dentro de su respectivo territorio, estando amparados por las leyes y las instituciones jurídicas nacionales y deben ser procurados por los respectivos Estados.

Derechos civiles y políticos para los ciudadanos contra posibles acciones del Estado y le garantizan su inserción en la vida civil y política de su país.

Derechos económicos sociales y culturales para garantizar el desarrollo económico, social y cultural del individuo, con el objetivo de que pueda vivir en bienestar y ser productivo para la sociedad.

Ó los Derechos de los colectivos, los cuales son los creados para proteger a un grupo social y tienen la intención de proteger la identidad e intereses de dichos grupos. Me quiero detener un momento a este último ya que parte de mi entrada nace a raíz de estos últimos.

La radicalización de los colectívos siempre han tintado lo político de una forma que busca fuertemente el beneficio propio (una novedad en cualquier partído político). En consecuencia a ello, disfrazan su autoritarísmo con consignas sociales que parecieran ser moralmente justas pero, no son más que falacias con las que se escudan para exigir privilegios y beneficios por encima de la ley lo cual genera un conflicto en el paradigma social para cambiar su estructura de que si hacen o dicen algo están yendo en contra del acuerdo social, de la ley, de los derechos.

Se pueden encontrar ejemplos en los sindicatos cuando hacen coalición con poderes del estado para buscar beneficios por encima de los individuos ó en grupos más radicales del feminísmo moderno, el cual tienden a exigir privilegios de género dentro de ámbitos sociales y laborales generando no una solución sino una segmentación más agravada de los problemas ya implicitos dentro de la sociedad.

Igualmente podríamos agregar la exigencia de privilegios por parte colectívos LGTB+ en cuanto a tema de género y supuesta inclusividad ante la ley, los cuales terminar generando beneficios a la autopercepción de algunos y se generan leyes que le permiten a personas demandar a otras por no poder reconocer la autopercepción de otros individuos.

Con esto, no quiero que se mal interprete ante la pretención de decir que no se apoyen los derechos de los homosexuales, las mujeres y lo trabajadores. Sería algo insensato que se pusiera en discusión si es necesario un respaldo constitucional y jurídico de los principios más básicos que apelan a la razón, la lógica y la moral para el bien estar de los humanos como individuos.

El problema que se trata de presentar a estas alturas toca es la fibra de la imposición y la busqueda de beneficios por encima de la ley hacia ciertos colectivos que tienden a militar en líneas radicáles, ya que cuando estas traspasan las barreras de la aceptación y se vuelve autoritarísmo ya se empiezan a reducir ciertas libertades las cuales atentan directamente los derechos de los individuos.

Dentro del absurdo, estos mismos colectivos no se dan cuenta que al permear a los individuos con esta mentalidad colmena de interdependecia y superioridad del colectivo por encima de los conformantes se crean polarizaciones que encasillan a la sociedad a meras etiquetas vulnerables y disuelven los valores morales de esta.

Al diluír los valores morales, se disuelven los derechos. Se hace una especie de reversión del espíritu objetívo en la filosofía hegeliana hasta tal punto que se pierde la autoconsciencia y la capacidad de individualidad de un sujeto y pasa a convertirse en una suerte de estado de consciencia que no se contempla a sí misma sino que solo contempla parcialmente los sujetos que la rodean.


"Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición."

Artículo No. 2, UDHR (Declaración Universal de Derechos Humanos)


Volviendo al tema, en condición de los derechos como los expresa el artículo anterior mencionado. Todos nacemos con estos mismos, pero... ¿Entonces porque estos colectívos exigen algo que ya tienen?

Cabría ya preguntarse realmente: ¿Ejercen realmente algún cambio los derechos? ó ¿Hasta que punto tiene esta amalgama de palabras en conjunto influencia sobre nuestras vidas?

Ciertamente podemos caer en muchas preguntas para darnos cuenta que, por más que estos colectívos radicáles, por más que individuos supuestamente libres intenten reclamarlos, intenten reformularlos o busquen fervientemente de forma idílica la utopía social por medio de la formulación de estos. El factor decisívo recae en quienes los cumplen.

Como mencionaba unos cuantos párrafos atrás, los derechos están dados como una intuición tácita que viene asimilado en los individuos por medio de un "acuerdo social" el cual se desarrolla socialmente dentro de la familia. Siendo esta, como lo plantéa Rousseau en el segúndo capítulo de su Contrato Social, el primer indicio y las más antigua de las sociedades.

Por ello, la relevancia de la familia como modelo de desarrollo para los sujetos e individuos dentro de la correcta interiorización y formación de los derechos humanos más básicos se desarrollan por medio de los ejemplos familiares. Es decir, la matríz en la que los derechos se imponen y se cumplen es dentro del ceno familiar, sea este el que sea (no necesariamente tiene que estar conformada por vínculos sanguíneos.)

Siendo así, esto implicaría que para generar cambios reales dentro de las conductas de los individuos por medio de los derechos, estos deberían venir dentro de los núcleos familiares, ya que son ahí en donde se forjan las condúctas morales y la apreciación a estos mismos derechos.

Entenderíamos así que los derechos no son más que los mismos refléjos de los valores morales que tenemos dentro de nuestro acuerdo social, siendo estos valores forjados dentro del nexo familiar.

Lo cual resulta curioso, ya que, los grupos colectivístas que tratan de buscar la justificación e implementación de derechos y privilegios se podría decir que muestra la carencia de sus propios valores morales dentro de su núcleo familiar, lo cual lleva en una especie de catársis social en la búsqueda de derechos dentro de otros sectores con el posible fin de llenar sus carencia o reajustar lo que les incomóda dentro de su círculo familiar más profundo.

Ya para esto último no tengo un respaldo en profundidad, no es más que una conjetura que saco en base a todo lo previamente expresado dentro de esta entrada y haciendo racionamiento de lo que interiorizado.

Sirva esta entrada para cualquier posible lector, no más que un simple pensamiento, un pequeño estudio, un análisis reflexívo que invita a la crítica, al desarrollo de una antítesis que refute el texto. Siendo este mi espacio de pensamiento, invíto a cualquiera que haya llegado hasta aquí a hacer lo mísmo y desarrollar sus propios pensamientos en base al análisis (si se le puede llamar así) que he desarrollado a lo largo de esta entrada.

*Bibliografía en los comentarios.

―Ernesto Fernández